Leemos en Diario La Ley que una sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca ha aceptado el recurso de una madre condenada por agredir a su pareja que fue privada de la patria potestad. La sentencia razona que no se trata de violencia machista (caso en que se prevé pérdida de la patria potestad) sino de violencia familiar, y que fue una agresión puntual de ella hacia él, al tiempo que modifica en interés del menor el régimen de custodia individual otorgado al padre, a un régimen de custodia conjunta.
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